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La Mutualidad ha diseñado esta garantía para complementar el Plan Universal de la Abogacía en este riesgo tan importante , cubriendo cualquier causa (física o psíquica), con la ventaja de que el/la mutualista decide la renta mensual adicional que le conviene .Para los mutualistas encuadrados en el Sistema de Previsión Social Profesional (alternativa al Régimen de Autónomos), aunque su contratación es obligatoria, pueden ampliarla.
Prestaciones
Incapacidad permanente y absoluta por cualquier causa (enfermedad o accidente) mediante una renta vitalicia constante o creciente, según la modalidad elegida.
Ventajas
El mutualista decide la renta mensual adicional que le conviene.
Duración y cuotas anuales renovables. El mutualista abona la cuota justa que corresponde a su edad en cada momento y está protegido hasta que él nos lo indique (máximo hasta la edad de 65 años).
Con un tratamiento fiscal inmejorable.
Con toda comodidad. Sin reconocimiento médico.
Permite ahorrar en el IRPF.
"Porque tu vida es muy importante para tí y para tu familia, te ofrecemos esta cobertura. Y aunque nunca sea necesario su cobro, ¡merece la pena vivir tranquilo!"
Los Mutualistas podéis ampliar esta información (primas, reglamentos, etc.) en el Área del Mutualista de la web.
Además, cualquier visitante de la web interesado en ampliar la información sobre nuestros seguros y servicios, sólo tiene que enviarnos una consulta desde el apartado Sugerencias o dirigirse al Servicio de Atención al Mutualista: 902 25 50 50.
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